Por las razones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en el mes de octubre de 1978, por los ciudadanos SIMÓN DIOMEL ACEVEDO PÉREZ y MERCEDES ROSA ROJAS DE ACEVEDO, y así se declara.