Por los razonamientos expuestos anteriormente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: REVOCA el Beneficio de Suspensión Condicional del Proceso decretada en fecha 18 de Enero de 2002, al acusado Arquímedes Gregorio Rayos Melo, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Indocumentado. Se ordena librar orden de aprehensión a los diferentes órganos auxiliares de Justicia, una vez practicada la detención del acusado deberá ser presentado inmediatamente a la orden de este tribunal para proceder a fijar la audiencia de la que notificara a todas las partes. Cúmplase. Regístrese, publíquese, déjese copia certificada de la presente decisión.