En razón de lo expuesto, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Responsabilidad Penal Adolescente y Tribunal Superior en Protección de Niños, Niñas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara la NULIDAD ABSOLUTA DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR celebrada en fecha 06OCT2015, por ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en el asunto signado con la nomenclatura XP01-P-2015-003100, seguido a los ciudadanos ULISES ALEXANDER VILLAZANA PARDO Y KENNY FATHER INFANTE ANGARITA, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal Venezolano, en relación al articulo 455 ejusdem, ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5, con la circunstancia agravante del articulo 6 numerales 1, 2,3 y 10 de la Ley sobre Hurto de Veh.....