Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Por cuanto de las actas que conforman el expediente no surgen elementos para presumir la existencia de delito alguno, se desestima la calificación de flagrante de la aprehensión de los ciudadanos Marlo Miguel Gallego Díaz, de nacionalidad Colombiano, titular de la cedula de identidad Nº 86.046.548, de 33 años de edad, soltero, natural de Villavicencio, departamento del Meta Colombia, nacido en fecha 28/02/1975, Albañil, residenciado en el Barrio Carnebally, calle principal de esta ciudad de Puerto Ayacucho, Municipio Atures del Estado Amazonas; Mosane Do Ano Lima, de nacionalidad Brasileño, indocumentado pasaporte Nº CX676869, de 46 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio mecánico de motores .....