Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Ser competente para conocer de la presente causa. SEGUNDO: Sin lugar el recurso incoado por el ciudadano DOPA CAIDANA GILBERT ABDEL, anteriormente identificado, por el cual solicita la nulidad del acto administrativo de efectos particulares, tipo resolución, número 205-05, de fecha 02MAY2005, por el que se le destituye del cargo que ocupaba en la Comandancia General de la Policía del Estado Amazonas, y que le fuera notificado en fecha 11MAY2005, mediante oficio N° 286-05, de fecha 06MAY2005.