En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
Así las cosas, Vista la Acusación presentada por la Fiscalía del Ministerio Público, este Tribunal en base al contenido del artículo 330 de la Norma Adjetiva Penal, hace una revisión del respectivo escrito de acusación y lo concatena con la exposición realizada por el Fiscal del Ministerio Público en audiencia, ADMITE TOTALMENTE el escrito de acusación presentado por el Ministerio Público, en el que acusa a los ciudadanos PEDRO ANTONIO PAYUA DABUEMA-, titular de la cedula de Nro 8.902.113, por la estar incurso en la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal y en lo que respecta al ciudadano DARWIN FELIX PAYUA ESCORCHE, titular de la cedula de identidad Nº 20.018.380,.....