En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio antes suscrito por los ciudadanos YSMAR LISANDRO CASANOVA RODRÍGUEZ y REVECA MIREYA ESCOBAR ESCALA. Líbrese oficio a la Gerencia del Banco BANFOANDES Agencia ? Puerto Ayacucho, a fin de requerir la apertura de una cuenta de ahorros, a favor de los hermanos (IDENTIFICACIÓN OMITIDA). Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten. Cúmplase.