Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión de los ciudadanos HENRY JOSE MANZANILLA GUARUYA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.954.660, natural de esta ciudad, donde nació en fecha 08-10-1983, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio No definida, residenciado en la Avenida Constitución, cerca de mercal, y JUAN CARLOS CAMICO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.106.923, natural de esta ciudad, donde nació en fecha 08-03-1983, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la Comunidad Alto Carinagua, calle principal, sector Los Lirios, casa s/n de esta ciudad, hijo de Carlina Camico (v) y de Raci Garrido, por la presunta co.....