este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la calificación de aprehensión en flagrancia y la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano CARLOS ENRÍQUEZ MOSQUEDA RUIZ, venezolano, natural de Guarenas, Edo. Miranda, titular de la cédula de identidad N° 18.557.836, nacido el día 01SEP1984, de 21 años de edad, soltero, residenciado en el Barrio Bolsillo de Malavé Villalba, Av. Ppal, casa S/N, cerca de un abasto, Puerto Ayacucho, hijo de Neris Yolanda Ruiz (v) y de Humberto Enríquez Mosqueda (v), por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 8° del Código Penal, en agravio del ciudadano AL ASAD WASSUF ISSA, en virtud de la .....