Éste Tribunal Primero de Responsabilidad Penal del Adolescente, en función de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda PRIMERO: PRIMERO: Se Decreta el Cese de la sanción de Libertad Asistida, dictada en fecha 30 de Julio del año 2.007 (F.147 al 149), pieza I, donde el adolescente sancionado (IDENTIDAD OMITIDA), fue sentenciado por la comisión del delito de: HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en agravio de la ciudadana: NEYLA IRLENE MARTINEZ TORRES y APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotor, en agravio de la colectividad, a cumplir la medida de: LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de: SEIS (06) MESES; en virtud del hecho ocurrido en fecha 20-04-06, cuando funcionarios policiales, apre.....