Se DECLARO CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado WLADIMIR CHALO CASTRO, en su condición de Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en contra de la decisión judicial pronunciada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 29/07/04, mediante la cual acordó la aplicación de las medidas cautelares sustitutivas previstas en los numerales 2, 3, 4 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia SE ACUERDA la privación preventiva de Libertad del ciudadano ARMANDO ARNALDO MARTINEZ CHACON, por encontrarse llenos los extremos de los artículos 250, 251 numerales 2, 3 y 4, y el artículo 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, pronunciamiento que se hace de conformidad con lo establecido en el artículo 450 de la norma adjetiva penal.