Por todo lo expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO: Este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el ciudadano: LUIS EDUARDO MERCADO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de Identidad Número: V- 14.729.525 y su Abogada Apoderada Especial, Abog. Kaly Barrios de Fernández, quien en su carácter de propietario del Vehiculo de las siguientes características: Marca: Chevrolet, Modelo: Corsa, Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Uso: Particular, Año: 2001, Color: Plata; Placas: GCU49K, Serial Carrocería: 8Z1SC51631V338938, Serial de Motor: 31V338938; según consta del Documento de Compra-Venta debidamente Notariado ante la Notaría Pública Cuarta de Mar.....