ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamiento: DECRETA PRIMERO: La aprehensión en flagrancia de la ciudadana: MARLEN MILENA DURAN LOPEZ, colombiana, titular de la cédula de identidad N° E-1.126.704, natural de Saravena, Departamento de Arauca, Colombia, donde nació en fecha 27/09/89, de 19 años de edad, de profesión u oficio del hogar, de estado civil soltera, hija de Anailda López (V) y de Javier Duran (V), residenciada en el Barrio Periférico Sur, vía hacia la urbanización la Bolivariana, casa s/n de esta ciudad, de conformidad con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente procedimiento se ventile por la vía del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, toda ve.....