En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara terminada la solicitud de DIVORCIO presentada por el ciudadano JORGE HUMBERTO VILLANUEVA CARRILLO, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JOSE RAFAEL LEDEZMA MUÑOZ, y ordena el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el último aparte del Articulo 185-A del Código Civil y así se decide.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los Veintiocho (28) días del mes de Octubre del año Dos Mil Once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOG. HECTOR A. CRISTOFINI S.
EL SECRETARIO,
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