Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, se decreta la continuación de la presente causa por las reglas del procedimiento especial, a los fines de que se prosiga con la investigación. SEGUNDO: Se Decretan MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS de la Privativa de la Libertad, al ciudadano ARGIMIRO REYES RODRIGUEZ, quien deberá presentarse CADA OCHO (08) DÍAS, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, se le prohíbe la salida del estado Amazonas, sin autorización del Tribunal y la prohibición de realizar actos de persecución, intimidación o acoso, personalmente o por interpuesta persona a la víctima, de conformidad con.....