Se dicto AUTO DE APERTURA A JUICIO en la presente causa en la cual se encuentran los acusadosGUSTAVO GONZALEZ MURILLO, WILMER ENRIQUE ULACIO, PEDRO RAFAEL CAÑA, FRANCIS EDUARDO SANCHEZ, PRAGEDES RAMON MOLINA CAÑA, ANDREINA JOSE RONDON, YARISMA NOEMI BAPTISTA, RONNY MENDOZA WENDAHKE, por los delitos HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA O POR MOTIVOS FUTILES y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, se admiten las acusaciones de los Fiscales Quinto y Primero del Ministerio Publico, se admiten las pruebas presentadas por los mismos, así como se mantienen las Medidas de Privación Judicial Preventiva de Libertad y Medidas Cautelares dictadas en su audiencia de presentación respectivamente en los mismos términos.-