este Tribunal resuelve: PRIMERO: Vistas la acusación presentada por la Fiscalia Primera del Ministerio Público y llenos los requisitos exigidos señalados a tales efectos de conformidad con lo establecido en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ADMITE totalmente la misma en cuanto ha lugar en derecho y, en consecuencia, se ordena abrir el JUICIO ORAL y PUBLICO a los ciudadanos DOUGLAS ALEXANDER DELGADO MONTOYA Y LUIS ALEXANDER MENDOZA DANIEL, plenamente identificados anteriormente, en relación a los hechos antes expuestos, que le han sido imputado ante este Tribunal por el Fiscal Primero del Ministerio Publico.- Así se declara. SEGUNDO: Vistas igualmente las pruebas ofrecidas en este caso por el Ministerio Público, este Tribunal admite las mismas presentadas en su escrito de acusación de fecha 08-03-2.006, en cuanto ha lugar en derecho por considerarlas pertinentes, útiles y necesarias a los efectos dichos.TERCERO: Se mantiene Medida de Privación Judicial de Lib.....