se CONDENA a los ciudadanos ANNY YUSMELY PERDOMO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.675.493, y JACKSON RUBEN RODRIGUEZ SEQUERA, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.766.892, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, ROBO GRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6.1.2.3.10 y 11 de la Ley Sobre El Hurto Y Robo De Vehiculo; en perjuicio de los ciudadanos ISMAEL MARQUEZ, FRANCISCA SOTO DE PEREZ y DIEGO MARQUEZ; USO DE ADOLECENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 Ley Orgánica para la Protección de Niño Niña y Adolescente; y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado 286 del Código Penal, todo ello en calidad de COAUTORES, de conformidad con el artículo 83 de
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