Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta PRIMERO: el archivo de la presente causa y el cese inmediato de la medida cautelar impuesta en contra del ciudadano: Marcos Antonio Orozco Trigo, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V.-14.304.469, residenciado en el Barrio Marcelino Bueno, frente a la tapicería de José Gregorio Casas de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, dictadas en fecha 11 de Noviembre del año 2.001, consistente en presentación cada quince (15) días comenzando a partir del 12-11-01, ante la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de: Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal; a.....