TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano JOSE CONCEPCIÓN MARCANO DOMÍNGUEZ NARE, titular de la cedula de identidad Nº V-12.173.038, venezolano, natural San Carlos de Rió Negro, Estado Amazonas, nació en fecha 14-03-1974, de 37 años de edad, soltero , de profesión u oficio Comerciante, hijo de Jacinta Domínguez (F) y de José Rafael Marcano (F), y residenciado en el Urbanización la Bolivariana, color Rosada, cuarta entrada al final, por la Presunta Comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO ,previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 09 de la Ley de Armas y Explosivos, por cuanto se dan los supuestos de los artículos de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y 44.1 de.....