PRIMERO: Califica la Aprehensión en Flagrancia y la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que están llenos los extremos contenidos en la flagrancia, cuando el día 10 de Agosto del año en curso, funcionarios adscritos a la Guardia Nacional, al realizar patrullaje fluvial por el Río Orinoco, observaron una embarcación tipo bongo que al percatarse de la presencia de los efectivos militares, cambiaron el rumbo de la embarcación y al interceptarla los militares observan que el bongo esta en tierra, se inspecciona sus adyacencias y encuentran entre un arbusto una olla de aluminio, que contenía en su interior una pasta de presunta droga, con un peso aproximado de: DOS KILOS CON SEISCIENTOS GRAMOS (2,600 Kilogramos); un rifle Marca: Winchester, calibre 22, Serial F99508; un peso electrónico, Marca: Tanita, Modelo: 1.480; una caja de cartuchos y en un envase de mantequilla mar.....