esta Corte de Apelaciones, en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, actuando en Sede Penal declara PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el abogado Florencio Silva, en su condición de Defensor Público Segundo Penal, de los ciudadanos Alfredo Gómez, Manuel Medina Mandú y Juan Gabriel Rondón Flores, antes identificados, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de Junio de 2010, y debidamente fundamentada en fecha 21 de Junio de 2010, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial, que decretó la Medida Judicial Preventiva de Libertad. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada.