Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud del Ministerio Público y se decreta la Aprehensión en Flagrancia y la aplicación del procedimiento especial, de conformidad con los artículos 93 y 94 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en la causa seguida al ciudadano RODOLFO ANTONIO CARIBAN CADALES, titular de la cédula de Identidad Nº 20.721.284, nacionalidad venezolana, de 21 años de edad, natural de Puerto Ayacucho, Municipio Atures, estado Amazonas, donde nació el 12 de Febrero de 1989, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la Urb. San Antonio de Carinagua, diagonal al tanque de agua, cerca de la familia Palma, casa s/n color verde, en esta ciudad d.....