Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Responsabilidad Penal Adolescentes, Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo, de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando es sede Civil, Mercantil y Tránsito, DECLARA: SIN LUGAR, la Recusación interpuesta por la abogada Carla Constanza Reyes Ramos, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.005.002, inscrita en el Inpreabogado con el N° 127.050, en su condición de endosataria en procuración al cobro de letra de cambio del ciudadano Edixon Evans Daza Arroyo, quien es venezolano, mayor edad, titular de la cédula de identidad N° 9.629.908, en contra del ciudadano Lino Nevado Shornes, titular de la Cédula de Identidad N° 10.448.892, en contra del abogado .....