ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano JOSE RODRIGUEZ CAYUPARE, titular de la cedula de identidad N° 24.127.121, venezolano, de 24 años de edad, natural de la población caño azisa, casa S/N, san Juan de Manapiare, estado Amazonas, donde nació en fecha 19-12-90, soltero, agricultor, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, concatenado con el artículo 3 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente procedimiento se v.....