En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA de la Audiencia para la Verificación del Cumplimiento de las Condiciones de la Suspensión Condicional del Proceso de fecha 28OCT2009, en la cual se notificó a los acusados de autos de la cancelación de DOCE MIL TRES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO (12.003.278) BOLIVARES, la cual se dedujo de la cantidad de DOCE MIL DIECINUEVE CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (12.019,77) del informe de experticia que riela en el presente expediente y en la que, se les otorgó el plazo de dos años para cancelar dicho dinero,así como las actuaciones subsiguientes, a saber, las notificaciones que fueron libradas a tales efectos, todo de conformidad a los articulo 191 y 196 del Código Orgánico Pro.....