Por el razonamiento anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA el Destacamento de Trabajo, al ciudadano penado MIGUEL ARCANGEL MATIZ, Colombiano, titular de la cedula de ciudadanía N° 80.724.443, por considerar que los delitos relacionados con el tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, en todas sus modalidades, no gozan de beneficios procesales, por estar ubicados en un escalón superpuesto al resto de los demás delitos en razón a la gravedad que los mismos conllevan, aunado, a lo que los mismos pueden llegar a producir en la población Venezolana, un daño inaplazable en la salud pública, de cada ser humano, además, por tratarse de delitos de Lesa Humanidad, y a los fines de obedecer a la necesidad de impedir que tales delitos puedan quedar impune, evitando así, una futura lesió.....