PRIMERO: Conforme a lo dispuesto en el Articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se practica el computo definitivo, observándose que el penado fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, según se evidencia del Acta de Audiencia Preliminar inserta al folio Cien (100) al ciento tres (103) y en la cual le fija medidas de seguridad establecidas en el articulo 495 numerales 1°, 2° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo cumplir su pena en libertad.
SEGUNDO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal impone de las Medidas al penado FREDDY ORLANDO NIEVES PEREZ, la cual consiste en: 1°.- Prohibición de salida de la ciudad sin autorización del Tribunal, 2°.- No cambiar de residencia sin autorización del Tribunal, 4° Abstenerse de frecuentar el lugar donde ocurrieron los hechos y a las víctimas, 10.- Presentarse por ante la Unidad de Alguacilazgo de este circuito los días 15 y ultimo de cada mes.-
TERCER.....