Por todo lo expuesto anteriormente, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia, en nombre de le República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL Y EN CONSECUENCIA OTORGA LA LIBERTAD PLENA al penado NASSAR AUGUSTO ROJAS VASQUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 1.568.554,, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRESIDIO y las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal; por haber cumplido la totalidad de la pena PRINCIPAL Y ACCESORIAS que le fueron impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal.