Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 479 en concordancia con el artículo 493, 494, 495,496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LACARLOS EDUARDO AGUILAR GUEVARA, venezolano, natural de Valencia- Estado Carabobo, titular de la cédula de identidad N° 28.118.620, nació en fecha 20-12-1988, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de María Guevara (v) y de padre desconocido, residenciado Ruiz Pineda, a siete casa de la bodega "San Manuelito", al lado de chango, casa sin numero, Puerto Ayacucho-Estado Amazonas, se fija un régimen de prueba de TRES (3) AÑOS, el cual finalizara el 12 .....