Se homologan los acuerdos suscritos por las partes en beneficio de sus hijos ALEXANDER ESTEBAN y LEOMAR VALENTINA, en los siguientes términos;
1.- Los niños ALEXANDER ESTEBAN y LEOMAR VALENTINA, quedan bajo la guarda y custodia de su madre, la ciudadana XIOMARA DE LA LUZ RODRIGUEZ BOLIVAR, quien la ha venido ejerciendo durante todo este tiempo en que ha estado separada, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 351 parágrafo primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
2.- El padre se compromete a cancelar mensualmente la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. F. 400,00), por concepto de obligación alimentaria, además de un bono escolar y navideño por la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. F. 1.000,00), para los meses de Agosto y Diciembre, los cuales serán depositados en una cuenta de ahorros de una entidad Bancaria. A estos efectos solicitan que se ordene la apertura de una cuenta bancaria. Todo ello de conformidad con lo establecido .....