este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal N° 2 de la Sala Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus PEDRO AGUSTÍN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, quien era titular de la cédula de identidad Nº-V-13.385.640, a sus hijos: los niños IDENTIDAD OMITIDA, de tres (03), ocho (08), nueve (09) años de edad respectivamente; los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, doce (12), trece (13) y catorce (14) años de edad respectivamente, y los ciudadanos RONNI ALBERTO, PEDRITO JAROL, YOZAIRA y OMAR AGUSTIN RODRÍGUEZ PÉREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.(desconocida), V-2.....