este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal Temporal N° 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de obligación de manutención, presentada por la ciudadana ROSA MARIA CALZADILLA JIMENEZ, actuando en su carácter de Defensora, conciliadora de la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescente "Shamani" suscrito por los ciudadanos LUCYNESBELK DASILVA OLIVERO y RONNY MATA UNDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.675.954 y 18.243.639, respectivamente. Líbrese oficio a la Entidad Bancaria Banfoandes a los fines de que se aperture la cuenta de ahorros a favor de los beneficiarios. Cúmplase lo ordenado.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas.....