En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de Obligación de Manutención presentado por la Representante de la Defensoria "Shamani", Abogada ROSA MARIA CALZADILLA JIMENEZ, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, suscrito por los ciudadanos, PRISILA RODRIGUEZ Y TOMAS ANTONIO INFANTE GUACHUPIRO , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.947.756 y V-8.903.197, respectivamente. Cúmplase.-