Evacuados como se encuentran los testigos CELMIRA GUZMÁN DE GUAIPO y LIGIA PIÑATE DE ZURUTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V.-14.258.300 y V.-1.565.555 respectivamente, las cuales fueron presentadas por la ciudadana VERÓNICA YAVINAPE MIRABAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.-V.-1.567.894, devuélvase los originales con sus resultas de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.