En base a las argumentaciones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley : DECLARA SIN LUGAR la solicitud de medida cautelar presentada por la profesional del derecho EDITA FRONTADO, en su condición de defensora privada del imputado ALBERTO HILDEMAR XAVIER DE JESÚS NAVEO, titular de la cédula de identidad 15.304.648, nacido el 02-06-82, en Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, Hijo de Carmen Hermelinda Naveo (V), ocupación Militar, domiciliado en Aramare Sur, Casa S/N, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia NIEGA sustitución de la medida de privación de libertad que pesa sobre el imputado de marras, a quien se le sigue proceso por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL sancionado en el encabez.....