ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos,
PRIMERO: Se DECRETA la calificación en flagrancia y se acuerda continuar por el procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal en contra de la ciudadana EVELIN ZULIMAR GUTIERREZ GUTIERREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 16.767.979, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, fecha de nacimiento 17/09/83, de 27 años de edad, de ocupación u oficio ama de casa, residenciad en la Avenida Principal del Barrio Humbold, casa s/n frente al ambulatorio medico, de esta ciudad; por la presunta comisión del delito de Distribución en menor cantidad, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado .....