Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por Abg. LUÍS ABELARDO VELASQUEZ C, en su condición de Fiscal Quincuagésimo Séptimo del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguido a los ciudadanos JOSÉ GREGORIO PETRILLO, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.894.832, EDIGIO MORILLO, titular de la Cedula de Identidad Nº 10.606.087 y ALBA HERRERA, titular de la Cedula de Identidad Nº 10924.392, por cuanto concurre una Causa de Justificación, conforme a lo establecido en el ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.