Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Calificó la Aprehensión en Flagrancia y se acordó la solicitud Fiscal de la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Decretó medida cautelar sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo previsto en el artículo 256 numerales 3, 4 y 5 en concordancia con el artículo 253 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado Félix Júnior Coy Chacon, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.030.966, por la presunta comisión del delito de posesión de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el consumo Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.....