TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso seguido en contra de ADALBERTO JOSE BASTIDAS CAMEJO, de nacionalidad venezolano, Titular de la cedula V-1.568.393, natural de Santa María de Ipire, nacido en fecha 01-05-1957, Estado Guarico, de 52 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en la Vía Principal Fundo Amazonas, Comunidad de Pintao, Puerto Ayacucho Estado Amazonas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se fija el plazo de régimen de prueba en UN (01) AÑO, quedando obligado a cumplir bien y fielmente las condiciones aquí impuestas.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente sentencia interlocutoria