En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: SOBRESEIMIENTO en la presente causa, de conformidad a lo establecido en el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho objeto del proceso no se realizo, que implicara la responsabilidad penal en delito alguno del ciudadano HECTOR ALONSO MORA BERNAL, cesando de esta manera el Régimen de Presentaciones impuesto en la audiencia de presentación de fecha 08-03-2008, por lo que se ordena oficiar a la Unidad de Alguacilazgo a los fines de legales consiguientes.- Así se decide.- Líbrese los oficios y notifíquese a las partes de la presente decisión.- Remítase el presente asunto al ARCHIVO JUDICIAL para su guarda y custodia-Cúmplase.-.