TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso seguido en contra de NELSON RAFAEL LARGO VIDERA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 12.451.099, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal en concordancia con el articulo 217 la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente en perjuicio de (identidad omitida por el Tribunal).
SEGUNDO: Se fija el plazo de régimen de prueba en UN (01) AÑO, quedando obligado a cumplir bien y fielmente las condiciones aquí impuestas.
TERCERO: Se DESESTIMA la acusación Fiscal interpuesta por el Fiscalía Cunita del Ministerio Público en el que acusa al ciudadano RAFAEL LARGO VIDERA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 1.....