PRIMERO: SE ORDENA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA y traslado al Comando de Policía de esta ciudad, con las seguridades que el caso amerita, al Ciudadano: PEDRO CECILIO SALAZAR CORTEZ, quien según los datos de identificación manifestó ser: venezolano, nacido el 28-08-69, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.924.253, residenciado en del Triangulo Guaicaipuro, bodega Luismara de esta Ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, hijo de Ramón Salazar (v) y Luisa María Cortez (v), para continuar con la averiguación penal que se le sigue, por la comisión del delito de: HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 6° del Código Penal, en agravio de BEJARANO MEZA CECILIO ANTONIO. SEGUNDO: Remitir la presente Orden de Captura, a los organismos policiales señalados en el encabezamiento de este auto, los cuales una vez aprehendido al citado imputado, deberán informar a este despacho del día y hora de su detención, a los fines de fijar la audiencia respectiva. TERCERO: La presen.....