TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscal Segunda del Ministerio Público
SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a TORRES MUÑOZ DIXON RAMON, titular de la cedula de identidad Nº 15.500.032, de nacionalidad Venezolano, de estado civil soltero, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 13/07/81, de profesión u oficio chofer, hijo de Pedro Tovar (v) y Carmen Muñoz (v), residenciado en el Moñito, calle principal, casa Nº 66, de color Verde con rejas de color blancas, familia Tovar Muñoz, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana GUARTERO MARTHA CECI.....