este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal N° 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por Revisión de Obligación de Manutención, la cual fue interpuesta por el Abg. JOSÉ GREGORIO RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.928, Defensor Público Primero del Sistema Integral de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, actuando en este acto en defensa de los intereses de los niños IDENTIDADES OMITIDAS, de siete(07) y once (11) años de edad, respectivamente, a petición de la ciudadana EDITH EDUVIGIS GAMA CAYUPARE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.564.225, de profesión u oficio obrera, domiciliada en El Barrio Monte Bello, al final, casa s/n, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, en contra del ciud.....