Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la causa seguida a LOURDES YOMARA QUEREBI CLARIN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 12.451.745, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, nacido en fecha 22/10/1967, de 40 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, residenciado en Calle Principal, la Guacharaca, residencias Francisca Duarte, Puerto Ayacucho, estado Amazonas y EUDOMAR JOSÉ DÍAZ GARCÍA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 12.173.448, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, nacido en fecha 01/04/1972, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio conductor, residenciado.....