ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos,
PRIMERO: Este Tribunal decreta con lugar la calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano: JOSE RAFAEL SOTO TOVAR, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 20.090.813, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos y por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453, ordinales 3 y 4 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano José Rafael Urbina Sánchez.
SEGUNDO: Se decreta el procedimiento ordinario, a fin de proseguir con la investigación pertinente, conforme a lo establecido en el 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
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