Se declara la perención de la instancia ejercida en fecha 28 de julio de 1997 por ante este juzgado, mediante demanda de interpuesta por la ciudadana MARÍA INFANTE DE ABREU, titular de la cédula de identidad N° 3.350.312, asistida por el abogado en ejercicio Edgar Luis Bonilla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 30.468, en contra del ciudadano ANTONIO ABREU GONZÁLEZ