En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, ÉSTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: De conformidad a lo establecido en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, oída la manifestación de voluntad del acusado de autos, de admitir los hechos por los cuales fue acusado por la representación fiscal y una vez realizado el cambio de calificación jurídica, así las cosas el tribunal procede a CONDENAR al ciudadano ISMAEL CATALINO RODRIGUEZ VILLAZANA, titular de la cedula de identidad Nº V-21.549.195, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, en fecha 05/03/1993, edad 20 años, Moto-taxista, residenciado en el Barrio Táchira, detrás de la escuela, al final de la calle, a cumpl.....