ACUERDA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, al Ciudadano ALEJANDRO ACEVEDO TOVAR YACAME, titular de la cedula de identidad No. V-14.564.658, de conformidad con lo establecido en el Articulo 52 del Código Penal Vigente, por haber cumplido las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, en consecuencia, el mencionado penado deberá cumplir el resto de la pena en CONFINAMIENTO, en la Población de San Fernando de Apure, Estado Apure, desde el día 06 de Mayo de 2.003 hasta el 16 de Junio de 2.004, lo cual indica que le falta un (01) año, un (01) mes y diez (10) días.